Se habilita al titular de la Subsecretaría del Departamento para dictar las resoluciones necesarias para incluir, modificar o dar de baja, dentro del Registro electrónico, nuevos servicios, procedimientos y trámites, así como nuevos modelos normalizados.
Las resoluciones que se dicten de acuerdo con lo dispuesto en el párrafo anterior, deberán ser difundidas a través de la sede electrónica del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino.
Texto oficial de Orden ARM/1358/2010, de 19 de mayo, por la que se crea y regula el Registro Electrónico del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino (BOE-A-2010-8387). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Disposición final primera. Habilitación. — Orden ARM/1358/2010, de 19 de mayo, por la que se crea y regula el Registro Electrónico del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino · BOE Fácil