Disposición adicional tercera. Implantación de las enseñanzas artísticas superiores de grado en Artes Plásticas.
De conformidad con lo establecido en la disposición adicional primera de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, y en el artículo 23 del Real Decreto 806/2006, de 30 de junio, por el que se establece el calendario de aplicación de la nueva ordenación del sistema educativo establecida por la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en el curso académico 2010-2011 se iniciará la implantación progresiva de las enseñanzas artísticas superiores de grado en Artes Plásticas que se regulan en el presente real decreto.
Texto oficial de Real Decreto 634/2010, de 14 de mayo, por el que se regula el contenido básico de las enseñanzas artísticas superiores de Grado en Artes Plásticas en las especialidades de Cerámica y Vidrio establecidas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (BOE-A-2010-8958). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.