CAPÍTULO III. Cotización en los supuestos de contratos a tiempo parcial
Artículo 41. Cotización en el Régimen Especial Agrario en los supuestos de contratos a tiempo parcial.
Lo dispuesto en este capítulo no será de aplicación para la determinación de la cotización de los trabajadores por cuenta ajena incluidos en el campo de aplicación del Régimen Especial Agrario, contratados a tiempo parcial, respecto de los cuales se estará a lo establecido en los apartados 1 y 2 del artículo 13.
Texto oficial de Orden TIN/41/2011, de 18 de enero, por la que se desarrollan las normas de cotización a la Seguridad Social, Desempleo, Fondo de Garantía Salarial y Formación Profesional, contenidas en la Ley 39/2010, de 22 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2011 (BOE-A-2011-1009). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.