ANEXO. Estatutos de la Real Academia Nacional de Medicina de España · CAPÍTULO VIII. Premios y distinciones
Artículo 58. Premio de la Real Academia Nacional de Medicina de España.
1. El Premio de la Real Academia Nacional de Medicina de España, conllevará el nombramiento de Académico Correspondiente y aquellas otras distinciones reguladas en el Reglamento de régimen interno.
2. Las personas que aspiren al Premio de la Real Academia Nacional de Medicina de España deberán reunir todos los requisitos que se exigen para los Académicos Correspondientes y aquellos otros que se establezcan en el Reglamento de régimen interno.
> <small>Se modifica por el art. único.2.15 del Real Decreto 896/2017, de 6 de octubre. [Ref. BOE-A-2017-12041](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2017-12041)</small>
Texto oficial de Real Decreto 750/2011, de 27 de mayo, por el que se aprueban los Estatutos de la Real Academia Nacional de Medicina (BOE-A-2011-10783). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 58. Premio de la Real Academia Nacional de Medicina de España. — Real Decreto 750/2011, de 27 de mayo, por el que se aprueban los Estatutos de la Real Academia Nacional de Medicina · BOE Fácil