CAPÍTULO V · CAPÍTULO VI. Medidas de simplificación administrativa · Sección Tercera. Modificación de diversas leyes para su adaptación a la Disposición adicional octava de la Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible, en materia de licencias locales de actividad
Disposición transitoria tercera. Régimen transitorio de los procedimientos administrativos.
Los procedimientos administrativos afectados por los preceptos contenidos en el Capítulo VI de este Real Decreto-ley e iniciados con anterioridad a su entrada en vigor se regirán por la normativa anterior que les resulte de aplicación.
###### Disposición derogatoria.
A partir de la entrada en vigor del presente Real Decreto-ley queda derogado el artículo 15 del Real Decreto-ley 6/2010, de 9 de abril, de medidas para el impulso de la recuperación económica y el empleo, así como cuantas disposiciones de igual o menor rango se opongan a lo establecido en el presente Real Decreto-ley.
Texto oficial de Real Decreto-ley 8/2011, de 1 de julio, de medidas de apoyo a los deudores hipotecarios, de control del gasto público y cancelación de deudas con empresas y autónomos contraídas por las entidades locales, de fomento de la actividad empresarial e impulso de la rehabilitación y de simplificación administrativa (BOE-A-2011-11641). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Disposición transitoria tercera. Régimen transitorio de los procedimientos administrativos. — Real Decreto-ley 8/2011, de 1 de julio, de medidas de apoyo a los deudores hipotecarios, de control del gasto público y cancelación de deudas con empresas y autónomos contraídas por las entidades locales, de fomento de la actividad empresarial e impulso de la rehabilitación y de simplificación administrativa · BOE Fácil