1. El presente Acuerdo permanecerá en vigor hasta su denuncia por una de las Partes contratantes. Cualquiera de las Partes contratantes podrá notificar por escrito la denuncia del Acuerdo, por conducto diplomático, al menos con seis meses de antelación al final de cualquier año civil que comience una vez transcurrido un plazo de dos años desde la fecha en que el Acuerdo entre en vigor.
2. En tal caso, el Acuerdo dejará de surtir efecto el primer día de enero del año civil siguiente a aquel en que se notifique la denuncia.
3. Con independencia de la denuncia del presente Acuerdo, las Partes contratantes seguirán obligadas por las disposiciones del artículo 8 con respecto a cualquier información obtenida en virtud del presente Acuerdo.
En fe de lo cual, los signatarios, debidamente autorizados al efecto por sus respectivos gobiernos, han firmado el presente Acuerdo.
Hecho en doble ejemplar en Nassau (Las Bahamas) por duplicado el día 11 de marzo de 2010 en las lenguas española e inglesa, siendo todos los textos igualmente auténticos.
| Por el Reino de España, | Por la Commonwealth de las Bahamas, |
| --- | --- |
| Jesús Silva Fernández, Embajador de España | T. Brent Symonette, Vice Primer Ministro y Ministro de Asuntos Exteriores |
> <small>Redactada la fecha conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 194, de 13 de agoto de 2011. [Ref. BOE-A-2011-13824](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2011-13824)</small>
Texto oficial de Acuerdo sobre intercambio de información en materia tributaria entre el Reino de España y la Commonwealth de las Bahamas y Memorandum de Entendimiento entre las Autoridades competentes del Reino de España y la Commonwealth de las Bahamas en relación con la interpretación o la aplicación del Acuerdo entre el Reino de España y la Commonwealth de las Bahamas sobre el intercambio de información en materia tributaria y el reconocimiento de otros compromisos pactados entre las Autoridades competentes, hecho en Nassau el 11 de marzo de 2010 (BOE-A-2011-12178). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.