1. El CNDM tendrá como fines principales fomentar la creación y la difusión de la música contemporánea española y la recuperación, estudio, puesta en valor y difusión de las músicas históricas, en sus distintas modalidades y estilos, tanto en España como en el extranjero. De igual forma, el CNDM se ocupará de la programación y difusión de otros repertorios de la música clásica y de la tradición popular culta, españoles y extranjeros, que sean complementarios a aquéllos que ya programan, en sede o en gira, otros centros de creación artística del INAEM, u otras instituciones musicales en España. El CNDM podrá desarrollar, además, programas pedagógicos transversales a todos los ámbitos de su competencia, en su sede o en otros recintos, en colaboración con otras entidades públicas y privadas.
Con el fin de difundir al máximo el repertorio musical de su competencia, y en especial la creación e interpretación de la música contemporánea española y la recuperación y difusión de las músicas históricas, el CNDM realizará programaciones estables, facilitando el acercamiento, comprensión y disfrute de los ciudadanos, fomentando su proyección nacional e internacional, en un marco de plena autonomía artística y de creación.
2. La sede administrativa del CNDM es el Auditorio Nacional de Música, en Madrid, siendo su ámbito natural de actuación el conjunto del Estado español.
Texto oficial de Orden CUL/57/2011, de 20 de enero, por la que se crea el Centro Nacional de Difusión Musical como centro de gestión artística del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música (BOE-A-2011-1230). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 2. Fines y sede del CNDM. — Orden CUL/57/2011, de 20 de enero, por la que se crea el Centro Nacional de Difusión Musical como centro de gestión artística del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música · BOE Fácil