Artículo 12. Plan Anual de Contratación del Ministerio de Defensa.
Una vez que el Plan Anual de Contratación del Ministerio de Defensa (PACDEF) al que se refiere la disposición octava, apartado tercero, de la Instrucción 8/2009, de 9 de marzo, del Secretario de Estado de Defensa, por la que se aprueba el Programa Permanente de Eficiencia y Economía del Gasto del Ministerio de Defensa, haya sido implantado, el PACC pasará a ser parte integral del mismo y su aprobación se realizará de forma conjunta.
Texto oficial de Orden DEF/2021/2011, de 13 de julio, por la que se regula la contratación centralizada y se modifica la composición y competencias de las Juntas de Contratación del Ministerio de Defensa, del Estado Mayor de la Defensa y de los Ejércitos (BOE-A-2011-12420). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.