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CAPÍTULO IV. Productos procedentes de un tercer país que tengan como origen un país del Espacio Económico Europeo

Disposición adicional segunda. Control sanitario de los productos con destino u origen en las Ciudades de Ceuta y Melilla.

Texto oficial de Orden SPI/2136/2011, de 19 de julio, por la que se fijan las modalidades de control sanitario en frontera por la inspección farmacéutica y se regula el Sistema Informático de Inspección Farmacéutica de Sanidad Exterior (BOE-A-2011-13052). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.