TÍTULO I. Las enseñanzas de formación profesional · CAPÍTULO I. La ordenación y la organización de las enseñanzas
Artículo 5. Organización de las enseñanzas.
1. Las enseñanzas de formación profesional del sistema educativo deben responder a un perfil profesional y se organizan en módulos profesionales de duración variable.
2. Las enseñanzas de formación profesional se organizarán de manera que permitan la conciliación del aprendizaje de las personas con otras actividades y responsabilidades.
3. Las enseñanzas de formación profesional se adaptarán al alumnado con necesidad específica de apoyo educativo para que se garantice su acceso, permanencia y progresión en estas enseñanzas.
Texto oficial de Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo (BOE-A-2011-13118). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 5. Organización de las enseñanzas. — Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo · BOE Fácil