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ley organica · BOE-A-2011-13238

Ley Orgánica 11/2011, de 1 de agosto, para la aplicación a la Guardia Civil del artículo 13.1 de la Ley Orgánica 9/2011, de 27 de julio, de derechos y deberes de los miembros de las Fuerzas Armadas

Estado
Vigente
Publicación
2/8/2011
Ámbito
Estatal
Departamento
Jefatura del Estado

Explicación editorial de BOE Fácil — no es el texto oficial

Esta ley orgánica extendió a la Guardia Civil, en su condición de instituto armado de naturaleza militar, la regulación sobre derechos y deberes de los miembros de las Fuerzas Armadas relativa a la conciliación de la vida profesional, personal y familiar.

A quién afecta: Miembros de la Guardia Civil.

  • El artículo 1 extiende a la Guardia Civil la regulación del artículo 13.1 de la Ley Orgánica de derechos y deberes de los miembros de las Fuerzas Armadas.
  • El artículo 2 derogó el apartado 1 del artículo 8 de la Ley Orgánica reguladora de los derechos y deberes de los miembros de la Guardia Civil.
¿Se aplican a la Guardia Civil las mismas normas de conciliación que a las Fuerzas Armadas?

Sí, el artículo 1 de esta ley extiende expresamente a la Guardia Civil, como instituto armado de naturaleza militar, la regulación prevista para los miembros de las Fuerzas Armadas.

Redactado por Equipo editorial BOE Fácil.

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Ley Orgánica de Conciliación en la Guardia Civil · BOE Fácil