TÍTULO I. Elementos del Contrato · CAPÍTULO II. Capacidad y solvencia del empresario
Artículo 11. Personal responsable de la ejecución.
En el caso de los contratos de obras y de servicios, así como de los contratos de suministro, que tengan por objeto además servicios o trabajos de colocación e instalación, podrá exigirse a las personas jurídicas que indiquen en la oferta o en la solicitud de participación los nombres y la cualificación profesional del personal responsable de ejecutar la prestación.
Texto oficial de Ley de Contratos Públicos de Defensa y Seguridad (BOE-A-2011-13239). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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