1. El presente real decreto tiene como objeto establecer y regular el Registro español de ayudas «de minimis», de acuerdo con lo previsto en el artículo 4 del Reglamento (CE) n.º 875/2007 de la Comisión, de 24 de julio de 2007, relativo a la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado CE a las ayudas ʺde minimisʺ en el sector pesquero y que modifica el Reglamento (CE) n.º 1860/2004.
2. Se aplicará a las ayudas «de minimis» concedidas por cualquier organismo del sector público español en virtud del citado reglamento comunitario, así como de sus modificaciones o de cualquier otro reglamento que pueda sustituir al anterior.
> <small>Redactado el apartado 1 conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 254, de 21 de octubre de 2011. [Ref. BOE-A-2011-16535](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2011-16535).</small>
Texto oficial de Real Decreto 1149/2011, de 29 de julio, por el que se establece y regula el registro español de ayudas "de minimis" en el sector pesquero (BOE-A-2011-14783). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación. — Real Decreto 1149/2011, de 29 de julio, por el que se establece y regula el registro español de ayudas "de minimis" en el sector pesquero · BOE Fácil