TÍTULO V. Centros Asociados · CAPÍTULO IV. Personal de administración y servicios
Artículo 141. Representación.
1. La representación del personal de administración y servicios de los Centros Asociados se articulará por medio de sus representantes en ellos y de la Junta General del personal de administración y servicios de los centros, que participará, según lo establecido en estos estatutos, en los órganos de gobierno de la Universidad y de los Centros Asociados.
2. Se regularán sus funciones en el proyecto de reglamento elaborado por la Junta general del personal de administración y servicios de centros, que será aprobado por el Consejo de Gobierno.
3. Los miembros del personal de administración y servicios de los Centros Asociados tendrán derecho de sufragio activo en las elecciones a Rector.
Texto oficial de Real Decreto 1239/2011, de 8 de septiembre, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad Nacional de Educación a Distancia (BOE-A-2011-14987). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 141. Representación. — Real Decreto 1239/2011, de 8 de septiembre, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad Nacional de Educación a Distancia · BOE Fácil