TÍTULO VII. Servicios de asistencia a la comunidad universitaria · CAPÍTULO III. Servicios de atención a la comunidad universitaria
Artículo 211. Promoción del deporte; de la cooperación internacional y la solidaridad.
La UNED promoverá la actividad deportiva y facilitará su práctica a los miembros de la comunidad universitaria, para asegurar su proyección nacional e internacional, y articulará fórmulas para compatibilizar los estudios de deportistas de alto nivel con sus actividades deportivas, de conformidad con lo dispuesto en la normativa vigente.
La UNED fomentará la participación de los miembros de la comunidad universitaria en actividades y proyectos de cooperación internacional y solidaridad. Asimismo, propiciará la realización de actividades e iniciativas que contribuyan al impulso de la cultura de la paz, el desarrollo sostenible y el respeto al medio ambiente, como elementos esenciales para el progreso solidario.
La UNED arbitrará los medios necesarios para potenciar su compromiso con la reflexión intelectual, la creación y la difusión de la cultura. Específicamente promoverá el acercamiento de las culturas humanística y científica y se esforzará por transmitir el conocimiento a la sociedad mediante la divulgación de la ciencia.
Texto oficial de Real Decreto 1239/2011, de 8 de septiembre, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad Nacional de Educación a Distancia (BOE-A-2011-14987). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.