TÍTULO VIII. Régimen económico y financiero · CAPÍTULO IV. Contratación de bienes y servicios
Artículo 240. Información expresa de ciertos contratos.
El informe de ejecución presupuestaria que acompaña a las cuentas anuales incluirá información expresa de los contratos:
a) Que tengan un plazo de ejecución superior a un año o que comprometan créditos de ejercicios presupuestarios futuros.
b) Que tengan por objeto la adquisición de bienes y servicios, cuando se utilicen procedimientos negociados sin publicidad, en una cuantía que exceda la que cada año se determine en las bases de ejecución del presupuesto.
c) Que tengan por objeto específico el arrendamiento de bienes inmuebles cuyo importe sea igual o superior al cinco por ciento del presupuesto del capítulo II de la Universidad, así como los correspondientes a servicios bancarios y de seguros que tengan carácter general.
Texto oficial de Real Decreto 1239/2011, de 8 de septiembre, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad Nacional de Educación a Distancia (BOE-A-2011-14987). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 240. Información expresa de ciertos contratos. — Real Decreto 1239/2011, de 8 de septiembre, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad Nacional de Educación a Distancia · BOE Fácil