CAPÍTULO II. Contratos territoriales de zona rural
Artículo 10. Definición y ámbito de aplicación.
Los contratos territoriales de zona rural previstos en el artículo 16.2 de la Ley 45/2007, de 13 de diciembre, son contratos territoriales que se enmarcan en el Programa de Desarrollo Rural Sostenible aprobado por el Gobierno de la Nación en aplicación de dicha ley, y tienen por ámbito territorial específico las zonas rurales incluidas en dicho programa a iniciativa de las comunidades autónomas.
Texto oficial de Contrato Territorial para el Desarrollo Rural (BOE-A-2011-15567). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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