TÍTULO II. Actuaciones de salud pública · CAPÍTULO II. Promoción de la salud
Artículo 17. Medidas de fomento.
1. Las Administraciones públicas apoyarán y colaborarán con las entidades y organizaciones que desarrollen actividades de salud pública, especialmente, en relación con los grupos más desfavorecidos o discriminados en cuestiones de salud pública.
2. Las Administraciones promoverán la incorporación de la salud pública como elemento integrante de la responsabilidad social corporativa.
Texto oficial de Ley General de Salud Pública (BOE-A-2011-15623). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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