CAPÍTULO V. Régimen de contratación, presupuestario y económico-financiero
Disposición final tercera. Mantenimiento de determinadas disposiciones.
1. El Real Decreto 318/1996, de 23 de febrero, por el que se aprueba el Estatuto del Organismo Autónomo Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía se mantendrá en vigor, en lo que no se oponga a esta ley, hasta la entrada en vigor del nuevo Estatuto del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía.
2. En todo caso, los artículos 5 y 8 del Estatuto del Organismo Autónomo Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía seguirán vigentes en tanto en cuanto no entre en vigor el nuevo Estatuto del organismo.
Texto oficial de Ley Reguladora del Museo Reina Sofía (BOE-A-2011-15624). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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