TÍTULO I. De la ejecución de sentencias y demás títulos ejecutivos · CAPÍTULO II. De la ejecución dineraria · Sección 3.ª Realización de los bienes embargados
Artículo 266. Calidad de la adquisición a favor de los ejecutantes o sus representantes.
Sólo la adquisición o adjudicación practicada en favor de los ejecutantes o de los responsables legales solidarios o subsidiarios podrá efectuarse en calidad de ceder a tercero.
Texto oficial de Ley Reguladora de la Jurisdicción Social (BOE-A-2011-15936). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 266. Calidad de la adquisición a favor de los ejecutantes o sus representantes. — Ley Reguladora de la Jurisdicción Social · BOE Fácil