Disposición transitoria decimotercera. Régimen de recursos.
Los apartados 4, 5 y 6 del artículo 197 de la Ley Concursal, modificados por esta ley, se aplicarán en los recursos, que se promuevan frente a resoluciones que se dicten a partir de la fecha de su entrada en vigor.
Texto oficial de Ley 38/2011, de 10 de octubre, de reforma de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal (BOE-A-2011-15938). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Disposición transitoria decimotercera. Régimen de recursos. — Ley 38/2011, de 10 de octubre, de reforma de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal · BOE Fácil