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TÍTULO VI. Prestación de servicios · CAPÍTULO III. Servicios portuarios · Sección 2.ª Servicios técnico-náuticos

Artículo 127. Definición y características del servicio de remolque portuario.

Texto oficial de Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante (BOE-A-2011-16467). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.

Artículo 127. Definición y características del servicio de remolque portuario. — Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante · BOE Fácil