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TÍTULO VI. Prestación de servicios · CAPÍTULO III. Servicios portuarios · Sección 6.ª Servicios portuarios en régimen de autoprestación e integración de servicios

Artículo 135. Requisitos y procedimiento de otorgamiento de las licencias de autoprestación y de integración de servicios.

Texto oficial de Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante (BOE-A-2011-16467). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.