TÍTULO VI. Prestación de servicios · CAPÍTULO V. Servicios comerciales
Artículo 140. Servicios comerciales prestados por las Autoridades Portuarias.
Texto oficial de Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante (BOE-A-2011-16467). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
