TÍTULO III. De los registros del juego · CAPÍTULO IV. Del Registro de Personas Vinculadas a Operadores de Juego
Disposición adicional novena. Reglamentación básica de los juegos.
Las órdenes ministeriales que aprueben la reglamentación básica de cada uno de los distintos tipos de juegos sujetos a la previa licencia singular desarrollarán la normativa contenida en este real decreto cuando así lo exijan las necesidades del desarrollo de cada juego.
Texto oficial de Real Decreto 1614/2011, de 14 de noviembre, por el que se desarrolla la Ley 13/2011, de 27 de mayo, de regulación del juego, en lo relativo a licencias, autorizaciones y registros del juego (BOE-A-2011-17836). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.