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TÍTULO II. Racionalización técnica de la contratación · CAPÍTULO IV. Centrales de contratación · Sección 1.ª Normas generales

Artículo 204. Creación de centrales de contratación por las Comunidades Autónomas y Entidades Locales.

Texto oficial de Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (BOE-A-2011-17887). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.

Artículo 204. Creación de centrales de contratación por las Comunidades Autónomas y Entidades Locales. — Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público · BOE Fácil