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CAPÍTULO IV. Prestación de la asistencia sanitaria y recuperadora mediante concierto con medios privados

Artículo 15. Utilización de personal sanitario de las mutuas en centros concertados.

Texto oficial de Real Decreto de Prestaciones Sanitarias de las Mutuas de Accidentes de Trabajo (BOE-A-2011-18321). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.

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