CAPÍTULO V. Régimen económico-financiero y patrimonial · Sección 2.ª Régimen económico-financiero
Artículo 19. Elaboración del presupuesto.
De acuerdo con los artículos 64 y 65 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, ICEX elaborará anualmente su presupuesto de explotación y de capital y el programa de actuación plurianual, con la estructura que señale el Ministerio de Hacienda, que será tramitado en la forma establecida por la citada Ley 47/2003, de 26 de noviembre, para las entidades públicas empresariales.
> <small>Se modifica por el art. único.21 del Real Decreto 350/2025, de 30 de abril. [Ref. BOE-A-2025-8646](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2025-8646)</small>
Texto oficial de Real Decreto 1636/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Estatuto de la Entidad Pública Empresarial Instituto Español de Comercio Exterior (ICEX) (BOE-A-2011-18538). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 19. Elaboración del presupuesto. — Real Decreto 1636/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Estatuto de la Entidad Pública Empresarial Instituto Español de Comercio Exterior (ICEX) · BOE Fácil