ANEXO. ESTATUTO DEL CENTRO NACIONAL DE DIFUSIÓN MUSICAL (CNDM) · CAPÍTULO II. Organización y funciones del CNDM
Artículo 9. Duración del contrato de la Dirección.
1. El contrato de la persona titular de la Dirección del CNDM, tendrá una duración de cinco años, prorrogable por un nuevo periodo máximo de tres años.
2. En casos excepcionales, la Dirección General del INAEM podrá establecer nuevas prórrogas, previo informe favorable del Consejo Artístico de la Música, en el que se evaluará el grado de cumplimiento de los objetivos establecidos en el Plan Director inicial y sus ampliaciones.
Texto oficial de Estatuto del Centro Nacional de Difusión Musical (BOE-A-2011-19210). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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