TÍTULO III. Ejercicio de las funciones del personal de seguridad privada · CAPÍTULO II. Colaboración con la seguridad pública
Disposición final tercera. Entrada en vigor.
La presente Orden entrará en vigor a los seis meses de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 1 de febrero de 2011.–El Vicepresidente Primero del Gobierno y Ministro del Interior, Alfredo Pérez Rubalcaba.
Texto oficial de Orden INT/318/2011, de 1 de febrero, sobre personal de seguridad privada (BOE-A-2011-3172). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Disposición final tercera. Entrada en vigor. — Orden INT/318/2011, de 1 de febrero, sobre personal de seguridad privada · BOE Fácil