TÍTULO III. Ejercicio de las funciones del personal de seguridad privada · CAPÍTULO II. Colaboración con la seguridad pública
Disposición final segunda. Desarrollo.
El Director General de la Policía y la Guardia Civil adoptará las resoluciones y medidas necesarias para la ejecución y cumplimiento de lo dispuesto en esta Orden, así como para la modificación, en su caso, de los anexos.
Texto oficial de Personal de Seguridad Privada (BOE-A-2011-3172). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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