ANEXO. Estatutos de la Real Federación Española de Caza · CAPÍTULO V. Estructura Orgánica
Artículo 27.
Una vez concluidas las elecciones generales a la Asamblea General, este órgano se constituirá en el plazo máximo de quince días naturales en sesión ordinaria, previa convocatoria de la Comisión gestora, para elegir, como primer punto del orden del día, al Presidente de la RFEC. Posteriormente y según el procedimiento establecido se elegirán los miembros de la Comisión delegada de Asamblea General; finalmente, se decidirá sobre las demás cuestiones de su competencia que se hayan incluido en el orden del día.
Texto oficial de Resolución de 14 de febrero de 2011, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se publican los Estatutos de la Real Federación Española de Caza (BOE-A-2011-3756). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 27. — Resolución de 14 de febrero de 2011, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se publican los Estatutos de la Real Federación Española de Caza · BOE Fácil