ANEXO 1. Reglamento jurisdiccional y disciplinario de la Real Federación Española de Caza · CAPÍTULO X. El procedimiento extraordinario
Artículo 56. Pliego de cargos y propuesta de resolución.
1. A la vista de las actuaciones practicadas, y en un plazo no superior a un mes contado a partir de la iniciación del procedimiento, el Instructor propondrá el sobreseimiento o formulará el correspondiente pliego de cargos, comprendiendo en el mismo los hechos imputados, las circunstancias concurrentes y las supuestas infracciones, así como las sanciones que pudieran ser de aplicación. El Instructor podrá, por causas justificadas, solicitar la ampliación del plazo referido al Comité competente para resolver.
2. En el pliego de cargos, el Instructor presentará una propuesta de resolución que será notificada a los interesados para que en el plazo de diez días hábiles manifiesten cuantas alegaciones consideren convenientes en defensa de sus derechos o intereses.
Asimismo, en el pliego de cargos, el Instructor deberá proponer el mantenimiento o levantamiento de las medidas provisionales que, en su caso, se hubieran adoptado.
3. Transcurrido el plazo señalado en el apartado anterior, el Instructor, sin más trámite, elevará el expediente al órgano competente para resolver, al que se unirán, en su caso, las alegaciones presentadas.
Texto oficial de Resolución de 14 de febrero de 2011, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se publican los Estatutos de la Real Federación Española de Caza (BOE-A-2011-3756). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.