ANEXO. Estatutos de la Real Federación Española de Caza · CAPÍTULO V. Estructura Orgánica
Artículo 63.
La composición genérica de la Junta Directiva será la siguiente:
1. Presidente.
2. Vicepresidentes.
3. Vocales.
4. Tesorero.
El Secretario General asistirá a las reuniones levantando acta de las mismas, teniendo voz, pero no voto, en el seno de la Junta Directiva.
También podrán asistir a las reuniones de la Junta, con voz pero sin voto, aquellas personas que el Presidente estime que su presencia es necesaria en determinadas cuestiones.
Texto oficial de Resolución de 14 de febrero de 2011, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se publican los Estatutos de la Real Federación Española de Caza (BOE-A-2011-3756). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 63. — Resolución de 14 de febrero de 2011, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se publican los Estatutos de la Real Federación Española de Caza · BOE Fácil