Disposición final segunda. Modificación del Real Decreto 1825/2009, de 27 de noviembre, por el que se aprueba el Estatuto de la Organización Nacional de Trasplantes.
Se añade un nuevo apartado al artículo 5, pasando a ser el texto existente el apartado 1, del Estatuto de la Organización Nacional de Trasplantes, aprobado por el Real Decreto 1825/2009, de 27 de noviembre, con la siguiente redacción:
«2. Igualmente le corresponde desarrollar la política del Ministerio en materia de terapias avanzadas y trasplantes, sin perjuicio de las competencias atribuidas al Ministerio de Ciencia e Innovación, en particular la aplicación de la investigación en terapias avanzadas y en medicina regenerativa al Sistema Nacional de Salud.
Así, ejercerá las siguientes funciones:
a) Promover la aplicación terapéutica de la medicina regenerativa y de las terapias avanzadas, en particular mediante su transferencia al Sistema Nacional de Salud.
b) Impulsar la adopción de protocolos terapéuticos en el campo de la medicina regenerativa y terapias avanzadas.»
Texto oficial de Real Decreto 263/2011, de 28 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad (BOE-A-2011-3893). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.