ANEXO. Estatuto del Teatro de La Zarzuela · CAPÍTULO III. Planificación y ordenación de la actividad del Teatro de La Zarzuela
Artículo 15. Personal del Teatro de La Zarzuela.
El personal funcionario destinado en el Teatro de La Zarzuela ostentará el nivel orgánico que determina la correspondiente relación de puestos de trabajo del INAEM en lo que respecta al mismo.
El resto del personal destinado en el Teatro de La Zarzuela mantendrá las mismas condiciones laborales anteriores a la fecha de aprobación del presente Estatuto. Su relación se regirá por el Estatuto de los Trabajadores, por lo establecido en el III Convenio Único y demás normativa laboral que le corresponda.
Texto oficial de Estatuto del Teatro de La Zarzuela (BOE-A-2011-4122). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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