Disposición final primera. Modificación de la Orden EHA/2027/2007, de 28 de junio, por la que se desarrolla parcialmente el Real Decreto 939/2005, de 29 de junio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación, en relación con las entidades de crédito que prestan el servicio de colaboración en la gestión recaudatoria de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
La Orden EHA/2027/2007, de 28 de junio, por la que se desarrolla parcialmente el Real Decreto 939/2005, de 29 de junio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación, en relación con las entidades de crédito que prestan el servicio de colaboración en la gestión recaudatoria de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, queda modificada como sigue:
Uno. En el anexo I, Código 021 autoliquidaciones, se elimina el siguiente modelo de autoliquidación:
Código de modelo: 110.
Denominación: «IRPF RETENCIONES E INGRESOS A CUENTA. RENDIMIENTOS DEL TRABAJO. ACTIVIDADES ECONÓMICAS. PREMIOS Y DETERMINADAS IMPUTACIONES DE RENTAS».
Autoliquidación. Período de ingreso: T.
Dos. En el anexo I, Código 021 autoliquidaciones, se incluye el siguiente modelo de autoliquidación:
Código de modelo: 111.
Denominación: «IRPF RETENCIONES E INGRESOS A CUENTA. RENDIMIENTOS DEL TRABAJO. ACTIVIDADES ECONÓMICAS, PREMIOS Y DETERMINADAS GANANCIAS PATRIMONIALES E IMPUTACIONES DE RENTAS».
Período de ingreso: M - T.
Tres. En el anexo II, Código 022 autoliquidaciones especiales, se elimina el siguiente modelo de autoliquidación:
Código de modelo: 111.
Denominación: «IRPF RETENCIONES E INGRESOS A CUENTA. GRANDES EMPRESAS».
Período de ingreso: M.
Texto oficial de Orden EHA/586/2011, de 9 de marzo, por la que se aprueba el modelo 111 de autoliquidación de retenciones e ingresos a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas sobre rendimientos del trabajo y de actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de renta y se modifica otra normativa tributaria (BOE-A-2011-4948). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.