Disposición final primera. Excepciones y mecanismos de flexibilidad de carácter territorial en el mecanismo de fomento del uso de biocarburantes.
Mediante orden de su titular, el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, previo acuerdo de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos, podrá introducir excepciones o mecanismos de flexibilidad de carácter territorial en el mecanismo de fomento del uso de biocarburantes.
Texto oficial de Real Decreto 459/2011, de 1 de abril, por el que se fijan los objetivos obligatorios de biocarburantes para los años 2011, 2012 y 2013 (BOE-A-2011-5937). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Disposición final primera. Excepciones y mecanismos de flexibilidad de carácter territorial en el mecanismo de fomento del uso de biocarburantes. — Real Decreto 459/2011, de 1 de abril, por el que se fijan los objetivos obligatorios de biocarburantes para los años 2011, 2012 y 2013 · BOE Fácil