1. Los premios se abonarán a través del Tesoro Público, por transferencia bancaria, a nombre de las personas físicas o jurídicas beneficiarias.
2. A efectos de la percepción del importe económico de los premios, los premiados deberán tener dada de alta la cuenta corriente en la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, en la que se ingresarán las cantidades correspondientes al premio.
3. La percepción del importe de los premios queda sujeta a la acreditación por los adjudicatarios del cumplimiento de los requisitos y obligaciones de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Texto oficial de Orden ARM/986/2011, de 8 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras de los Premios Jacumar de investigación en acuicultura, y de implantación de sistemas de gestión medioambiental por las empresas de acuicultura (BOE-A-2011-7132). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.