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CAPÍTULO IX. Proclamación de electos y constitución del Consejo de Policía

Artículo 31. Pérdida de la condición de Consejero.

Texto oficial de Real Decreto 555/2011, de 20 de abril, por el que se establece el régimen electoral del Consejo de Policía (BOE-A-2011-7173). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.

Artículo 31. Pérdida de la condición de Consejero. — Real Decreto 555/2011, de 20 de abril, por el que se establece el régimen electoral del Consejo de Policía · BOE Fácil