TÍTULO VI. Residencia de larga duración · CAPÍTULO IV. Recuperación de la titularidad de una residencia de larga duración o de una residencia de larga duración-UE · Sección 1.ª Recuperación de la titularidad de una residencia de larga duración · Sección 2.ª Recuperación de la titularidad de una residencia de larga duración-UE
Artículo 160. Ámbito de aplicación de la recuperación de la titularidad de una residencia de larga duración-UE.
El procedimiento regulado en el presente capítulo, de recuperación de la titularidad de una autorización de residencia de larga duración-UE en España, resultará de aplicación en los siguientes supuestos:
a) Cuando la autorización se hubiera extinguido en base a lo dispuesto en los apartados c) y d) del artículo 166.1 de este Reglamento.
b) Cuando el extranjero hubiera permanecido durante un periodo superior a seis años fuera de territorio español.
Texto oficial de Real Decreto 557/2011, de 20 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, tras su reforma por Ley Orgánica 2/2009 (BOE-A-2011-7703). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.