Artículo 18. Convenios de colaboración con otras Administraciones Públicas.
1. La Administración General del Estado, la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y, en su caso, el Ayuntamiento de Lorca podrán celebrar los convenios de colaboración que resulten necesarios para la aplicación de las medidas previstas en este Real Decreto-ley.
2. En especial, se podrán celebrar convenios destinados específicamente a la reparación de bienes culturales dañados como consecuencia de los hechos descritos en el artículo 1 de este Real Decreto-ley.
Texto oficial de Real Decreto-ley 6/2011, de 13 de mayo, por el que se adoptan medidas urgentes para reparar los daños causados por los movimientos sísmicos acaecidos el 11 de mayo de 2011 en Lorca, Murcia (BOE-A-2011-8400). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 18. Convenios de colaboración con otras Administraciones Públicas. — Real Decreto-ley 6/2011, de 13 de mayo, por el que se adoptan medidas urgentes para reparar los daños causados por los movimientos sísmicos acaecidos el 11 de mayo de 2011 en Lorca, Murcia · BOE Fácil