orden · BOE-A-2011-8458
Orden EHA/1217/2011, de 9 de mayo, por la que se regula el procedimiento de entrada y presentación de mercancías introducidas en el territorio aduanero comunitario y la declaración sumaria de depósito temporal, así como la declaración sumaria de salida y la notificación de reexportación en el marco de los procedimientos de salida de las mercancías de dicho territorio
- Estado
- Vigente
- Publicación
- 16/5/2011
- Ámbito
- Estatal
- Departamento
- Ministerio de Economía y Hacienda
Explicación editorial de BOE Fácil — no es el texto oficial
La Orden EHA/1217/2011 regula el procedimiento de entrada y presentación de mercancías introducidas en el territorio aduanero comunitario, la declaración sumaria de depósito temporal, y la declaración sumaria de salida y notificación de reexportación en los procedimientos de salida de mercancías, integrando en una sola norma la dispersa regulación nacional anterior (aérea, marítima y de manifiesto de carga) conforme al Código Aduanero Comunitario y su enmienda de seguridad del Reglamento (CE) 648/2005. Introduce la declaración sumaria de entrada (ENS) y sustituye la anterior declaración sumaria por la de depósito temporal, previendo la vía electrónica para su presentación.
A quién afecta: Operadores de transporte aéreo, marítimo y terrestre que introducen o sacan mercancías del territorio aduanero comunitario, las aduanas de entrada y salida, y los operadores económicos que gestionan depósitos temporales o zonas y depósitos francos.
- Se define la declaración sumaria de entrada (ENS), que debe presentarse en España cuando el primer punto de entrada en el territorio aduanero comunitario esté situado en territorio español (artículo 1.6).
- La aduana de entrada realiza el análisis de riesgo de seguridad y protección antes de la llegada de las mercancías, con controles derivados que se practican en la aduana de primera presentación (artículo 1.7).
- Se integra en una sola norma la anterior regulación dispersa: la Orden de 2000 sobre declaraciones sumarias por vía aérea, la de 1995 sobre tráfico marítimo, y la de 2001 sobre manifiesto de carga.
- Se establece una declaración sumaria de salida para los supuestos en los que no exista previa declaración aduanera de exportación, reexportación o perfeccionamiento pasivo.
- Se abre la posibilidad de declarar por vía electrónica las solicitudes de autorización de embarque de mercancías no comunitarias en depósito temporal o zona franca con destino comunitario.
¿Qué es la declaración sumaria de entrada (ENS)?
La declaración prevista en el artículo 36 bis del Código Aduanero Comunitario que debe presentarse en España cuando el primer punto de entrada de las mercancías en el territorio aduanero comunitario esté en territorio español, incluyendo todas las mercancías transportadas en el medio de transporte activo (artículo 1.6 de la Orden EHA/1217/2011).
¿Qué normas nacionales anteriores sustituye esta orden?
Integra en una sola norma la Orden de 21 de noviembre de 2000 sobre declaraciones sumarias por vía aérea, la Orden de 27 de julio de 1995 sobre el modelo para tráfico marítimo, y la Orden de 18 de diciembre de 2001 sobre el manifiesto de carga marítimo.
Redactado por Equipo editorial BOE Fácil.
Normas relacionadas
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