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real decreto · BOE-A-2011-8562

Real Decreto 599/2011, de 29 de abril, por el que se establecen las bases del plan de vigilancia sanitaria del ganado porcino

Estado
Vigente
Publicación
17/5/2011
Ámbito
Estatal
Departamento
Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino

Este real decreto establece las bases del plan de vigilancia sanitaria del ganado porcino para la detección precoz de enfermedades.

A quién afecta: Ganaderos de porcino, incluidas las granjas de jabalíes, y comunidades autónomas.

  • El plan combina un programa de vigilancia pasiva, basado en la comunicación de signos clínicos por parte de propietarios y profesionales, y uno de vigilancia activa.
  • Su objetivo es mantener el estatus sanitario de España como país libre de las enfermedades listadas en el anexo I.
  • Las comunidades autónomas deben remitir anualmente, antes del 15 de febrero, los resultados del programa de vigilancia al Ministerio.
  • Deroga el Real Decreto 1186/2006, que regulaba anteriormente el plan de vigilancia sanitaria serológica del ganado porcino.
¿Antes de qué fecha deben remitir las comunidades autónomas los resultados anuales del programa de vigilancia porcina?

Antes del 15 de febrero de cada año.

Normas relacionadas

Historial y versiones

Cada entrada es una reforma real, con su fecha oficial.

  1. 3 de agosto de 2019

    [reform] Real Decreto 599/2011, de 29 de abril, por el que se establecen las bases del plan de vigilancia sanitaria del ganado porcino

    Ver cambios de esta reforma →
  2. 17 de mayo de 2011

    Real Decreto 599/2011, de 29 de abril, por el que se establecen las bases del plan de vigilancia sanitaria del ganado porcino — versión original 2011

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Plan de Vigilancia Sanitaria del Ganado Porcino · BOE Fácil