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orden · BOE-A-2012-10423

Orden PRE/1720/2012, de 20 de julio, por la que se regula el registro y matriculación de aeronaves militares y el procedimiento para establecer la designación militar de las mismas

Estado
Vigente
Publicación
3/8/2012
Ámbito
Estatal
Departamento
Ministerio de la Presidencia

Explicación editorial de BOE Fácil — no es el texto oficial

La Orden PRE/1720/2012 regula el registro y matriculación de aeronaves militares y el procedimiento para establecer su designación militar, desvinculando la matrícula (identificador único e invariable) de la designación militar (que puede cambiar si la aeronave cambia de misión durante su vida operativa). Responde a la creciente incorporación de nuevas categorías de aeronaves, incluidos los vehículos aéreos no tripulados, y atribuye al Ejército del Aire la competencia para matricular las aeronaves militares, incluidas las de la Guardia Civil.

A quién afecta: El Ejército del Aire, la Guardia Civil en su uso de aeronaves militares, y el Registro de Aeronaves de la Defensa.

  • Corresponde al Ejército del Aire la matriculación de las aeronaves militares, incluidas las utilizadas por la Guardia Civil como Instituto Armado (artículo 2.1).
  • La matrícula militar está compuesta por un número correlativo de cinco cifras, comenzando por el «10000», y permanece invariable durante todo el ciclo de vida operativa de la aeronave (artículo 2.2-2.3).
  • Se excluyen del régimen general las aeronaves pilotadas remotamente (RPA) de masa máxima al despegue igual o inferior a 25 kg, que deben ostentar marcas identificativas de la unidad operadora (artículo 1.2).
  • La orden desvincula la matrícula de la designación militar, permitiendo que esta última refleje cambios de misión sin necesidad de alterar la matrícula asignada.
  • Se dicta a propuesta conjunta de los Ministerios de Defensa y del Interior, dado que la Guardia Civil también utiliza aeronaves con la consideración de militares.
¿Qué órgano matricula las aeronaves militares en España?

El Ejército del Aire, incluidas las aeronaves militares utilizadas por la Guardia Civil (artículo 2.1 de la Orden PRE/1720/2012).

¿Cambia la matrícula de una aeronave militar si esta cambia de misión?

No, la orden desvincula deliberadamente la matrícula (invariable durante todo el ciclo de vida operativo) de la designación militar, que sí puede modificarse para reflejar el cambio de misión.

Redactado por Equipo editorial BOE Fácil.

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