Artículo 6. Reconocimiento de la condición de asegurado o de beneficiario previa solicitud del interesado.
**(Derogado).**
> <small>Se deroga por la disposición derogatoria única del Real Decreto-ley 7/2018, de 27 de julio. [Ref. BOE-A-2018-10752#dd](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2018-10752)</small>
> <small>Se modifica por la disposición final 9.2 de la Ley 25/2015, de 28 de julio. [Ref. BOE-A-2015-8469#dfnovena](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2015-8469).</small>
Texto oficial de Real Decreto 1192/2012, de 3 de agosto, por el que se regula la condición de asegurado y de beneficiario a efectos de la asistencia sanitaria en España, con cargo a fondos públicos, a través del Sistema Nacional de Salud (BOE-A-2012-10477). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.