Disposición adicional tercera. Normativa específica de aplicación.
El Plan estatal se aplicará sin perjuicio de lo dispuesto en:
El Real Decreto 862/2009, de 14 de mayo, por el que se aprueban las normas técnicas de diseño y operación de aeródromos de uso público y se regula la certificación de los aeropuertos de competencia del Estado, y la Orden del Ministerio de Fomento 2086/2011, de 8 de julio, por la que se actualizan las normas técnicas contenidas en el anexo a dicho Real Decreto 862/2009, de 14 de mayo.
El Real Decreto 145/1989, de 20 de enero, de admisión, manipulación y almacenamiento de mercancías peligrosas en puertos.
Texto oficial de Real Decreto 1070/2012, de 13 de julio, por el que se aprueba el Plan estatal de protección civil ante el riesgo químico (BOE-A-2012-10653). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Disposición adicional tercera. Normativa específica de aplicación. — Real Decreto 1070/2012, de 13 de julio, por el que se aprueba el Plan estatal de protección civil ante el riesgo químico · BOE Fácil