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CAPÍTULO XI. Disposiciones específicas para el uso de los productos fitosanitarios en ámbitos distintos de la producción agraria

Artículo 52. Controles oficiales en ámbitos no agrarios.

Texto oficial de Real Decreto 1311/2012, de 14 de septiembre, por el que se establece el marco de actuación para conseguir un uso sostenible de los productos fitosanitarios (BOE-A-2012-11605). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.

Artículo 52. Controles oficiales en ámbitos no agrarios. — Real Decreto 1311/2012, de 14 de septiembre, por el que se establece el marco de actuación para conseguir un uso sostenible de los productos fitosanitarios · BOE Fácil