Disposición adicional primera. Coordinación en el ámbito de las inspecciones periódicas de los equipos de maquinaria.
La coordinación en el ámbito del Real Decreto 1702/2011, de 18 de noviembre, de inspecciones periódicas de los equipos de aplicación de productos fitosanitarios, se realizará en el marco del Comité, que podrá ser asistido en esta materia por el Laboratorio Nacional de Referencia de Inspecciones de Equipos de Aplicación de Productos Fitosanitarios previsto en el citado Real decreto.
Texto oficial de Real Decreto de Uso Sostenible de Productos Fitosanitarios (BOE-A-2012-11605). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Disposición adicional primera. Coordinación en el ámbito de las inspecciones periódicas de los equipos de maquinaria. — Real Decreto de Uso Sostenible de Productos Fitosanitarios · BOE Fácil