1. Aquellas propuestas ordinarias que el Director General de la Guardia considere adecuadas conformarán un expediente por categorías, según se trate de personal o unidades de la Guardia Civil u otro tipo de personal, Unidad o entidad. Las propuestas del personal del Cuerpo de la Guardia Civil se distribuirán en tres grupos correspondientes a Oficiales, Suboficiales, y Cabos y Guardias.
2. Se comprobará que todos los propuestos reúnen los requisitos para la concesión de la recompensa, a efectos de que el Director de la Guardia Civil pueda formular la correspondiente propuesta al Ministro del Interior.
Texto oficial de Reglamento de la Orden del Mérito de la Guardia Civil (BOE-A-2012-11969). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 14. Expediente ordinario. — Reglamento de la Orden del Mérito de la Guardia Civil · BOE Fácil